lunes, 13 abril, 2026
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Qué pasa si no voto en las elecciones del domingo 31 de agosto en Corrientes

El próximo domingo 31 de agosto los ciudadanos de Corrientes concurrirán a las urnas para elegir gobernador. Tal como establece el Código Electoral provincial, el voto es obligatorio y quienes no lo emitan deberán enfrentar sanciones o justificar su ausencia en los plazos previstos.

Elecciones en Corrientes: dónde voto y qué se elige el 31 de agosto

Los ciudadanos pueden verificar su lugar de votación en el sitio oficial de la Junta Electoral de Corrientes. El trámite requiere ingresar el número de DNI, el género y luego seleccionar la opción “Consultar”. El sistema arroja la escuela, dirección, distrito, número de mesa y de orden.

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Quienes no concurran a votar deberán presentar la justificación ante la autoridad electoral. En el caso de los ausentes por distancia, enfermedad o fuerza mayor, deberán contar con los certificados correspondientes emitidos el mismo día del comicio.

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Multas y sanciones

De acuerdo con el artículo 125 del Código Electoral, los infractores se exponen a:

  • Una multa de entre 50 y 500 pesos.

  • La constancia de la falta de voto en el documento cívico.

  • La imposibilidad de ocupar cargos o empleos públicos durante tres años posteriores a la elección.

  • Restricciones administrativas: quien no abone la multa no podrá realizar gestiones ni trámites ante organismos estatales provinciales o municipales por el plazo de un año.

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Quiénes están exceptuados de votar

Existen categorías de ciudadanos que la ley exime de la obligación, siempre que presenten la documentación correspondiente:

  • Mayores de 70 años.

  • Jueces y auxiliares judiciales que deban mantener abiertas sus oficinas durante la elección.

  • Personas que se encuentren a más de 500 km de su lugar de votación, con certificación policial.

  • Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, con certificado médico oficial o, en ausencia, particular.

  • Trabajadores de servicios públicos esenciales, cuya ausencia haya sido informada previamente al Ministerio del Interior.

LV/MU

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