Vence el plazo para que Cristina Kirchner y el resto de los condenados por la Causa Vialidad devuelvan $684.000 millones en concepto de decomiso por la maniobra fraudulenta que se comprobó en el caso. La fecha es este miércoles 13 de agosto. De lo contrario, la Justicia avanzará en el remate de sus bienes para alcanzar esa cifra.
En ese escenario, volvieron a salir a la luz los distintos bienes y activos financieros que tiene la expresidenta, que podrían ser alcanzados por la medida. Y la lupa se posó específicamente en sus múltiples inmuebles.
En el listado que prepararon los fiscales Luciani y Mola figuran, entre otras propiedades, dos departamentos en Recoleta y un total de 24 inmuebles en Santa Cruz, entre los que se encuentran la casa familiar de Río Gallegos, la residencia de Cristina Kirchner en El Calafate y el hotel Los Sauces.
Y, si bien fueron donados a sus hijos en 2016, la Justicia podrá avanzar sobre ellos porque están «cautelados» en diversas causas y se puede avanzar sobre todo ellos «para la ejecución del decomiso», según resumieron desde Comodoro Py.
¿Es válido para la Justicia la donación de propiedades antes de ser embargadas?
A partir del caso puntual de Cristina Kirchner surgió el debate sobre la validez de las donaciones de inmuebles para evitar posibles embargos, a partir de distintas denuncias o causas.
En ese escenario, hay distintos factores que pueden permitirle a la Justicia avanzar sobre esas propiedades, sin ignorar la donación, pero sí en algunos casos cuestionando su validez frente a terceros.
Por un lado, la Justicia puede actuar sobre esas donaciones si considera que perjudican a acreedores o se usaron para ocultar bienes
Si la Justicia considera que esas donaciones fueron realizadas con el objetivo de evitar embargos, insolvencia fraudulenta o de encubrir un delito (como lavado de dinero o enriquecimiento ilícito), puede pedir que se declaren ineficaces frente a terceros.
Esto se llama «acción revocatoria» o «acción pauliana», y está prevista en el Código Civil y Comercial.
También puede considerar que las donaciones pueden ser consideradas simuladas o fraudulentas: si se prueba que la donación fue ficticia o encubrió una operación irregular, el juez puede considerar que el verdadero dominio nunca se transfirió o que se trató de una maniobra para evadir la ley.
En los casos penales, especialmente cuando hay investigaciones por lavado de activos o enriquecimiento ilícito, es común que los fiscales y jueces sostengan que ciertas transferencias a familiares no fueron genuinas, sino que los bienes seguían en realidad bajo el control del donante.
Otro punto clave es que, si el bien está a nombre de los hijos del condenado, puede ser alcanzado si se demuestra que fue adquirido con dinero ilícito. Esto es típico en causas por lavado de activos o enriquecimiento ilícito. Si el origen del dinero con el que se compró el inmueble es considerado ilegal, la propiedad puede ser decomisada aunque esté a nombre de un tercero (como un hijo, un testaferro o una sociedad interpuesta).
Además, cuando hay un proceso penal con imputaciones graves y un posible decomiso, el juez puede dictar embargos, inhibiciones o incluso subastas judiciales de bienes que considera que fueron parte de una maniobra ilícita. Aunque esos bienes estén formalmente en cabeza de otra persona (como un hijo), la medida se puede aplicar si se demuestra que forman parte del objeto del delito.
¿Hay un plazo de tiempo límite para que actúe la Justicia?
Existen plazos legales específicos para impugnar donaciones, dependiendo del tipo de reclamo y del fuero (civil o penal). En causas civiles se aplican plazos de prescripción, mientras que en el ámbito penal no siempre hay un límite tan estricto, especialmente si la donación está vinculada a delitos graves como corrupción o lavado.
Si se trata de delitos como lavado de activos, enriquecimiento ilícito o administración fraudulenta, la Justicia puede:
- Desconocer la donación sin importar la fecha, si se prueba que fue parte de una maniobra delictiva o para ocultar bienes.
- Avanzar contra los bienes donados incluso después de años, mientras el delito no haya prescripto.
- Por ejemplo: si una donación fue hecha en 2016, pero la investigación penal por lavado empezó en 2021 y sigue vigente, se puede todavía cuestionar la validez del traspaso.
En el fuero civil y comercial, en tanto, también hay plazos concretos para llevar a cabo una acción revocatoria por fraude a acreedores (acción pauliana), que permite dejar sin efecto actos como donaciones cuando se hacen en perjuicio de acreedores.
Y los plazos pueden ser un año desde que el acreedor conoció el acto fraudulento y 5 años como plazo máximo desde que se realizó el acto (donación), según el artículo 338 del Código Civil y Comercial de la Nación.
En concreto, aunque una persona haya donado bienes a sus hijos, la Justicia puede actuar sobre esos inmuebles si considera que la donación fue simulada, fraudulenta, realizada para perjudicar acreedores o como parte de una maniobra delictiva.
Incluso años después, los bienes donados pueden ser embargados, rematados o considerados parte del patrimonio del donante si se demuestra que el traspaso fue hecho para ocultarlos o evitar responsabilidades legales.